Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 16 jul 2014
(Derogada). Se deroga por la disposición derogatoria única.a) de la Ley 4/2014, de 26 de junio. Ref. BOE-A-2014-8281#dd Se añade por el art. único.27 de la Ley 10/2010, de 16 de diciembre. Ref. BOE-A-2011-2105

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eli/es-ar/l/1991/01/04/1#disposicion-adicional-primera

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