Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO ÚNICO
Art. 35
En vigor desde 23 mar 1988
La Cámara de Cuentas rendirá a la Comisión de Hacienda y Presupuestos del Parlamento de Andalucía, antes del 1 de marzo de cada año, una Memoria de las actuaciones por ella realizadas en el año inmediato anterior. Dicha Memoria incluirá la liquidación de su presupuesto.
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Proeli/es-an/l/1988/03/17/1#art-35