Título CAPÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección tercera. Cuerpos de Administración Especial

Art. 38 bis

En vigor desde 5 abr 2002
Pertenece a la Administración Especial el Cuerpo de Agentes Forestales, en el cual se distinguen las siguientes Escalas, de acuerdo con la Ley de Creación del Cuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid: a) Técnica, compuesta por las categorías de Técnico superior Agente forestal y Técnico medio Agente forestal. b) Operativa, compuesta por la categoría de Agente forestal. Se añade por la disposición adicional 3 de la Ley 1/2002, de 27 de marzo. Ref. BOE-A-2002-13252 .

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eli/es-md/l/1986/04/10/1#art-38-bis

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