Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 19
En vigor desde 1 ene 2026
1. Publicada la oferta, el Consejero de Presidencia, previa propuesta de las Consejerías afectadas cuando así corresponda, procederá a convocar en los tres meses siguientes a la entrada en vigor de la Ley de Presupuestos, las pruebas selectivas de acceso para las plazas comprometidas en la oferta y, en su caso, hasta un 10 por 100 adicional.
2. Excepcionalmente, y si las necesidades del servicio, apreciadas por el Consejo de Gobierno, así lo aconsejan, podrá procederse, previo informe del Consejo Regional de la Función Pública, a la aprobación y publicación de una oferta pública adicional, con la ulterior convocatoria de las pruebas selectivas para la cobertura de las vacantes.
Téngase en cuenta que queda suspendido durante el año 2026 el apartado 1, sin perjuicio del cumplimiento del plazo máximo de ejecución de la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid de acuerdo con la normativa básica de aplicación, según establece la disposición adicional 1 de la Ley 6/2025, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2026-3218
Se suspende para el año 2026 el apartado 1, por la disposición adicional 1 de la Ley 6/2025, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2026-3218 Se suspende para el año 2025 el apartado 1, por la disposición adicional 2 de la Ley 9/2024, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2025-5524 Se suspende para el año 2024 el apartado 1, por la disposición adicional 2 de la Ley 15/2023, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-10765 Se suspende para el año 2022 el apartado 1, por la disposición adicional 2 de la Ley 4/2021, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-1194 Se suspende para el año 2018 el apartado 1, por la disposición adicional 2 de la Ley 12/2017, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2018-1611 Se suspende para el año 2017 el apartado 1, por la disposición adicional 2 de la Ley 6/2017, de 11 de mayo. Ref. BOE-A-2017-10929 Se suspende para el año 2016 el apartado 1, por la disposición adicional 2 de la Ley 6/2015, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2016-2869 . Se suspende para el año 2015 el apartado 1, por la disposición adicional 2 de la Ley 3/2014, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2015-1955 . Se suspende para el año 2014 el apartado 1, por la disposición adicional 2 de la Ley 5/2013, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2014-3253 . Se suspende para el año 2013 el apartado 1, por la disposición adicional 2 de la Ley 7/2012, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-2684 . Se suspende para el año 2012 el apartado 1, por la disposición adicional 2 de la Ley 5/2011, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2012-2979 . Se suspende para el año 2011 el apartado 1, por la disposición adicional 2 de la Ley 8/2010, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2011-4633 . Se suspende para el año 2010 el apartado 1, por la disposición adicional 2 de la Ley 9/2009, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2010-4182 . Se suspende para el año 2009 el apartado 1, por la disposición adicional 2 de la Ley 2/2008, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-4513 . Se suspende para el año 2008 el apartado 1, por la disposición adicional 3 de la Ley 5/2007, de 21 de diciembre. Ref. BOE-A-2008-3746 . Se suspende para el año 2007 el apartado 1, por la disposición adicional 3 de la Ley 3/2006, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2007-9768 . Se suspende para el año 2006 el apartado 1, por la disposición adicional 3 de la Ley 6/2005, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2006-3771 . Se suspende para el año 2005 el apartado 1, por la disposición adicional 3 de la Ley 4/2004, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2005-2731 . Se suspende para el año 2004 el apartado 1, por la disposición adicional 3 de la Ley 1/2004, de 31 de mayo de 2004. Ref. BOE-A-2004-12574 . Se suspende para el año 2003 el apartado 1, por la disposición adicional 3 de la Ley 14/2002, de 20 de diciembre. Ref. BOE-A-2003-4508 . Se suspende para el año 2002 el apartado 1, por la disposición adicional 3 de la Ley 13/2001, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2002-4376 . Se suspende para el año 2001 el apartado 1, por la disposición adicional 4 de la Ley 17/2000, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2001-5583 . Se suspende para el año 2000 el apartado 1, por la disposición adicional 3 de la Ley 23/1999, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2000-3765 . Se suspende para el año 1999 el apartado 1, por la disposición adicional 3 de la Ley 25/1998, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-1999-12087 . Se suspende para el año 1998 el apartado 1, con las salvedades indicadas, por la disposición adicional 4 de la Ley 24/1997, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-1998-20430 . Se suspende para el año 1997 el apartado 1, con las salvedades indicadas, por la disposición adicional 4 de la Ley 14/1996, de 23 de diciembre. Ref. BOCM-m-1996-90002 . Se suspende para el año 1996 el apartado 1, con las salvedades indicadas, por la disposición adicional 6 de la Ley 20/1995, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-1996-7682 . Se suspende para el año 1995 el apartado 1, con las salvedades indicadas, por la disposición adicional 23 de la Ley 13/1994, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-1995-7160 . Se suspende para el año 1994, en cuanto a número de vacantes y plazo, por la disposición transitoria 2 de la Ley 11/1993, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-1994-3924 . Se suspende para el año 1993, en cuanto a número de vacantes y plazo, por la disposición transitoria 3 de la Ley 8/1992, de 23 de diciembre. Ref. BOCM-m-1993-90005 .
Tus anotaciones
Proeli/es-md/l/1986/04/10/1#art-19