Libro LIBRO IITítulo TÍTULO III

Art. Ley 167

En vigor desde 16 oct 2019
Forma. Las donaciones “mortis causa” deben otorgarse en escritura pública. Únicamente será precisa la asistencia de testigos en los supuestos previstos en la ley 185. Se modifica por el art. 2 de la Ley Foral 21/2019, de 4 de abril. Ref. BOE-A-2019-8512 Esta modificación entra en vigor el 16 de octubre de 2019, según determina la disposición final 4 de la citada Ley Foral.

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eli/es/l/1973/03/01/1#ley-167

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