Art. Preambulo
En vigor desde 14 sept 1955
FRANCISCO FRANCO BAHAMONDE
Jefe del Estado Español, Generalísimo de los Ejércitos Nacionales
Por cuanto el día diez de mayo de mil novecientos cincuenta y dos los Plenipotenciarios españoles nombrados en buena y debida forma al efecto, firmaron en Bruselas, juntamente con los Plenipotenciarios de los países que se mencionan a continuación, el Convenio Internacional para la unificación de ciertas reglas relativas a la competencia civil en materia de abordaje, cuyo texto certificado se inserta seguidamente:
República Federal de Alemania, Austria, Bélgica, Brasil, Canadá, Colombia, Cuba, Dinamarca, Egipto, Estados Unidos de América, Finlandia, Francia, Grecia, Indonesia, Italia, Japón, Líbano, Mónaco, Nicaragua, Noruega, Países Bajos, Perú, Portugal, Reino Unido, Santa Sede, Suecia, Suiza, Tailandia, Turquía, Uruguay, Venezuela y Yugoslavia.
Las Altas Partes contratantes, habiendo reconocido la utilidad de fijar de común acuerdo ciertas reglas uniformes sobre la competencia civil en materia de abordaje, han decidido concluir un Convenio a dicho efecto, y han convenido en lo que sigue:
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Tus anotaciones
Proeli/es/ai/1952/05/10/(1)#preambulo-preambulo