Art. 16

En vigor desde 21 nov 1987
El presente Convenio queda abierto a la firma de los Estados representados en la Undécima Reunión de la Conferencia de La Haya sobre Derecho Internacional Privado. El Convenio será objeto de ratificación y los instrumentos de ratificación se depositarán en el Ministerio de Asuntos Extranjeros de los Países Bajos.
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eli/es/ai/1971/05/04/(1)#art-16

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