Art. Preambulo

En vigor desde 13 may 1974
Las Partes Contratantes: Habiendo reconocido la conveniencia de normalizar las condiciones que rigen el contrato de transporte internacional de mercancías por carretera, especialmente en lo que se refiere a los documentes utilizados para este transporte, así como la responsabilidad del transportista. Convienen lo que sigue :
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/ai/1956/05/19/(1)#preambulo-pr

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil