Art. 85

Igualdad de trato para los accionistas que se encuentren en condiciones idénticas

En vigor desde 14 jun 2017
Artículo 85 Igualdad de trato para los accionistas que se encuentren en condiciones idénticas Para la aplicación del presente capítulo, las legislaciones de los Estados miembros garantizarán un trato igual de los accionistas que se encuentren en condiciones idénticas.
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