Art. 3
Armonización y coordinación de las formalidades informativas
En vigor desde 20 oct 2010
Artículo 3
Armonización y coordinación de las formalidades informativas
1. Cada Estado miembro tomará medidas para garantizar que las formalidades informativas se soliciten de manera armonizada y coordinada en su propio territorio.
2. La Comisión, en colaboración con los Estados miembros, desarrollará mecanismos de armonización y coordinación de las formalidades informativas dentro de la Unión.
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