Art. 3

Armonización y coordinación de las formalidades informativas

En vigor desde 20 oct 2010
Artículo 3 Armonización y coordinación de las formalidades informativas 1.   Cada Estado miembro tomará medidas para garantizar que las formalidades informativas se soliciten de manera armonizada y coordinada en su propio territorio. 2.   La Comisión, en colaboración con los Estados miembros, desarrollará mecanismos de armonización y coordinación de las formalidades informativas dentro de la Unión.
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