Art. 19

Obligación de información de las autoridades notificantes

En vigor desde 16 jun 2010
Artículo 19 Obligación de información de las autoridades notificantes Los Estados miembros informarán a la Comisión de sus procedimientos nacionales de evaluación, notificación y supervisión de los organismos notificados, así como de cualquier cambio en la información transmitida. La Comisión hará pública esa información.
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