Art. 11

Acuse de recibo del envío

En vigor desde 20 nov 2006
Artículo 11 Acuse de recibo del envío 1.   En un plazo de 15 días a partir de su recepción, el destinatario enviará a las autoridades competentes del Estado miembro de destino un acuse de recibo de cada envío. 2.   Las autoridades competentes del Estado miembro de destino enviarán copias del acuse de recibo al Estado miembro de origen y a los Estados miembros o terceros países de tránsito. 3.   Las autoridades competentes del Estado miembro de origen enviarán copia del acuse de recibo al poseedor original.
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