Art. 53

Derecho de recurso ante los tribunales

En vigor desde 16 nov 2005
Artículo 53 Derecho de recurso ante los tribunales Los Estados miembros velarán para que las decisiones adoptadas en relación con una empresa de reaseguros en aplicación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de aplicación de la presente Directiva estén sujetas al derecho de recurso jurisdiccional.
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