Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 5
En vigor desde 26 nov 2023
El ejercicio de la potestad sancionadora en el ámbito del presente decreto-ley, se ajustará a los principios consagrados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público y en la restante normativa aplicable.
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ProBORM-s-2023-90312#art-5