Art. 5
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 5

5 / 21
En vigor desde 26 nov 2023
El ejercicio de la potestad sancionadora en el ámbito del presente decreto-ley, se ajustará a los principios consagrados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público y en la restante normativa aplicable.

Tus anotaciones

Pro

BORM-s-2023-90312#art-5