Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 49
En vigor desde 1 ene 2018
Corresponde a la Delegación Territorial de la Consejería competente en materia de empleo, el diseño y desarrollo de planes de trabajo para la ejecución a nivel provincial o local de las actuaciones definidas en los correspondientes protocolos emitidos por la Consejería competente en materia de empleo.
Tus anotaciones
ProBOJA-b-2017-90529#art-49