Título TÍTULO 2Capítulo CAPÍTULO 2

Art. 22

En vigor desde 18 jun 2020
La vigencia de las medidas excepcionales en materia de subvenciones previstas en el capítulo 2 del Decreto-ley 8/2020, de 24 de marzo, de modificación parcial del Decreto-ley 7/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes en materia de contratación pública, de salud y gestión de residuos sanitarios, de transparencia, de transporte público y en materia tributaria y económica, y de adopción de otras medidas complementarías, se extenderá hasta el 30 de septiembre de 2020, mientras dure la actividad subvencional del ejercicio, para permitir a los órganos concedentes la valoración de las medidas a aplicar.
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eli/es-ct/dl/2020/06/16/25#art-22

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