Título TÍTULO IV
Art. 87
En vigor desde 17 jun 2020
1. Las corporaciones locales pueden regular mediante una ordenanza municipal las cuantías y los conceptos de las ayudas económicas básicas.
2. Las administraciones públicas pueden regular el procedimiento, cuantías y conceptos de las prestaciones de apoyo familiar y apoyo a la inserción mediante desarrollo reglamentario.
3. Mediante un acuerdo del órgano de gobierno de la administración competente según el supuesto, se regulará la cuantía, los criterios y los conceptos de las ayudas de emergencia.
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Proeli/es-ib/dl/2020/06/12/10#art-87