Título TÍTULO IV

Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 17 jun 2020
Todas las referencias a la prioridad de apoyo, acceso, beca, descuentos así como cualquier ayuda prevista para los perceptores de la renta social garantizada de la Ley 9/2019, de 19 de febrero, de la atención y los derechos de la infancia y la adolescencia de las llles Balears, se amplían a los perceptores del ingreso mínimo vital.
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eli/es-ib/dl/2020/06/12/10#disposicion-adicional-tercera

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