Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 20
En vigor desde 23 ene 2020
Los establecimientos turísticos y aquellos que se dedican a la venta de bebidas alcohólicas tienen que dar publicidad de las infracciones y sanciones que contiene este decreto-ley.
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Proeli/es-ib/dl/2020/01/17/1#art-20