Título CAPÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 3 bis
Derogado4-2
En vigor desde 1 may 2020
Es sujeto pasivo de la tasa, en concepto de contribuyente, la persona física o jurídica, pública o privada, que solicite la visita que constituye el hecho imponible de la tasa.
Se añade por el art. 28 de la Ley 5/2020, de 29 de abril. Ref. BOE-A-2020-5569
Tus anotaciones
ProDOGC-f-2008-90017#art-3-bis-23