Título TÍTULO VI
Art. Disposición adicional trigésima quinta
En vigor desde 26 mar 2026
Los valores del canon del agua para obtener la cuota tributaria que se establecen en los artículos 66 bis, 69.1 y 2, 71.1, 72.1 y 72 bis se incrementan anualmente, con efecto desde el 1 de enero del ejercicio correspondiente, un 4,2 % durante los años 2027, 2028, 2029 y 2030 respecto a los valores vigentes fecha 31 de diciembre del año anterior.
Se añade por el .4 del Decreto-ley 3/2026, de 24 de marzo. Ref. BOE-A-2026-10430
Tus anotaciones
ProDOGC-f-2003-90016#disposicion-adicional-trigesima-quinta