Art. Disposición adicional trigésima quinta
Título TÍTULO VI

Art. Disposición adicional trigésima quinta

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En vigor desde 26 mar 2026
Los valores del canon del agua para obtener la cuota tributaria que se establecen en los artículos 66 bis, 69.1 y 2, 71.1, 72.1 y 72 bis se incrementan anualmente, con efecto desde el 1 de enero del ejercicio correspondiente, un 4,2 % durante los años 2027, 2028, 2029 y 2030 respecto a los valores vigentes fecha 31 de diciembre del año anterior. Se añade por el .4 del Decreto-ley 3/2026, de 24 de marzo. Ref. BOE-A-2026-10430

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Pro

DOGC-f-2003-90016#disposicion-adicional-trigesima-quinta