Título TÍTULO VI
Art. Disposición adicional trigésima quinta
129 / 153En vigor desde 26 mar 2026
Los valores del canon del agua para obtener la cuota tributaria que se establecen en los artículos 66 bis, 69.1 y 2, 71.1, 72.1 y 72 bis se incrementan anualmente, con efecto desde el 1 de enero del ejercicio correspondiente, un 4,2 % durante los años 2027, 2028, 2029 y 2030 respecto a los valores vigentes fecha 31 de diciembre del año anterior.
Se añade por el .4 del Decreto-ley 3/2026, de 24 de marzo. Ref. BOE-A-2026-10430
Tus anotaciones
ProDOGC-f-2003-90016#disposicion-adicional-trigesima-quinta