Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 32
En vigor desde 18 abr 2008
Los instrumentos de planeamiento territorial y urbanístico deben asegurar la preservación, el mantenimiento y la recuperación de los biotopos y de los hábitats de las especies protegidas.
Tus anotaciones
ProDOGC-f-2008-90016#art-32