Libro TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY MUNICIPAL Y DE RÉGIMEN LOCAL DE CATALUÑATítulo TÍTULO XIXCapítulo CAPÍTULO II

Art. 252

En vigor desde 21 may 2003
1. En la gestión directa por el propio ente local, éste asume y centraliza el servicio, y ejerce de manera exclusiva las potestades de dirección y de gestión. 2. Los medios personales y materiales del servicio se adscriben y se integran en el presupuesto del ente local, de acuerdo con el principio de unidad presupuestaria.

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DOGC-f-2003-90008#art-252

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