Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO X
Art. Disposición final segunda
En vigor desde 7 ago 2020
El Consejo de Gobierno elaborará y aprobará los reglamentos de desarrollo de las previsiones de esta ley en el plazo de 12 meses a partir de la entrada en vigor de la Ley 7/2019, de 27 de junio, de quinta modificación de la Ley de Policía del País Vasco.
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