Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª Comisión de Control y Transparencia de la Policía del País Vasco
Art. 21
En vigor desde 7 ago 2020
1. Se dará publicidad y difusión a la existencia de la Comisión de Control y Transparencia de la Policía del País Vasco sus funciones y funcionamiento y del trabajo realizado.
2. La comisión elaborará una memoria bienal de sus actividades que será remitida al Parlamento Vasco.
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Proeli/es-pv/dlg/2020/07/22/1#art-21