Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Sucesiones

Art. 17

En vigor desde 1 ene 2024
Los causahabientes incluidos dentro de los grupos I y II del artículo 20.2.a) de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, podrán aplicarse una reducción en la base imponible de 500.000 euros. Se modifica por la disposición final 1.5 de la Ley 1/2024, de 5 de febrero. Ref. BOE-A-2024-3213

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eli/es-ex/dlg/2018/04/10/1#art-17

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