Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª Sucesiones
Art. 17
36 / 130En vigor desde 1 ene 2024
Los causahabientes incluidos dentro de los grupos I y II del artículo 20.2.a) de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, podrán aplicarse una reducción en la base imponible de 500.000 euros.
Se modifica por la disposición final 1.5 de la Ley 1/2024, de 5 de febrero. Ref. BOE-A-2024-3213
Tus anotaciones
Proeli/es-ex/dlg/2018/04/10/1#art-17