Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 2.ª Normas de gestión tributaria
Art. Disposición adicional segunda
En vigor desde 8 jun 2014
Todas las denominaciones de órganos, cargos, profesiones y funciones que en el presente texto refundido aparecen en género masculino se entenderán referidas al masculino o al femenino según el sexo del titular o de la persona de quien se trate.
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