Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 2.ª Normas de gestión tributaria
Art. Disposición adicional cuarta
En vigor desde 26 nov 2023
Todas las referencias de este texto refundido a la obligación personal de contribuir se entenderán sin perjuicio de lo que establecen la disposición adicional cuarta de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del impuesto sobre el patrimonio, y la disposición adicional segunda de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del impuesto sobre sucesiones y donaciones.
Se añade por el de la Ley 11/2023, de 23 de noviembre. Ref. BOE-A-2023-24913
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/dlg/2014/06/06/1#disposicion-adicional-cuarta