Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección II. Modalidad de Actos Jurídicos Documentados
Art. 29
En vigor desde 10 sept 2009
En las primeras copias de escrituras y actas notariales que documenten transmisiones de bienes inmuebles en las que se haya procedido a renunciar a la exención del Impuesto sobre el Valor Añadido, tal y como se prevé en el artículo 20.dos de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, el tipo de gravamen será del 2 por ciento.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-an/dlg/2009/09/01/1#art-29