Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección II. Modalidad de Actos Jurídicos Documentados
Art. 26
En vigor desde 2 oct 2012
En la modalidad de actos jurídicos documentados del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, las primeras copias de escrituras y actas notariales, cuando tengan por objeto cantidad o cosa valuable, contengan actos o contratos inscribibles en los Registros de la Propiedad, Mercantil, de la Propiedad Industrial y de Bienes Muebles y no sujetos al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones o a los conceptos comprendidos en los números 1.º y 2.º del apartado 1 del artículo 1 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, tributarán, además de por la cuota fija prevista en el artículo 31.1 de dicho texto refundido, al tipo de gravamen del 1,5 %, en cuanto a tales actos o contratos.
Se modifica por el .4 de la Ley 3/2012, de 21 de septiembre. Ref. BOE-A-2012-13126 . Se modifica por el .3 del Decreto-ley 1/2012, de 19 de junio. Ref. BOJA-b-2012-90006 . Se modifica por la disposición final 8.7 de la Ley 18/2011, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2012-881 .
Tus anotaciones
Proeli/es-an/dlg/2009/09/01/1#art-26