Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 3.ª Elementos esenciales de la tasa
Art. 12
En vigor desde 29 dic 2011
Esta ley será aplicable a las tasas por servicios o actividades públicas prestadas o realizadas por las entidades pertenecientes al sector público de la Comunidad Autónoma del País Vasco, independientemente del lugar donde se presten o realicen.
Se modifica por el de la Ley 5/2011, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2012-967
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ProBOPV-p-2007-90050#art-12