Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 2.ª Principios

Art. 6

En vigor desde 28 dic 2007
Las tasas se regirán: a) Por esta ley o por la ley propia de cada tasa. b) Por la ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco. c) Por las normas reglamentarias dictadas en desarrollo de estas leyes.

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BOPV-p-2007-90050#art-6

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