Título TÍTULO VII
Art. Artículos 55 a 57
En vigor desde 1 ene 2011
(Suprimidos)
Se suprimen por el y la disposición derogatoria única.h) de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2011-8629 .
Tus anotaciones
ProBOCM-m-2006-90012#articulos-55-a-57