Título GRUPO 8Capítulo T820

Art. 5

En vigor desde 1 ene 2019
La tasa se devengará en el momento en el que se realicen las actuaciones de inspección y control. Se modifica por el art. 59.9 de la Ley 14/2018, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2019-2039 Se modifica por el .13 de la Ley 3/2010, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2011-10362

Tus anotaciones

Pro

BORM-s-2004-90027#art-5-49

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil