Título GRUPO 8›Capítulo T840
Art. 4
En vigor desde 28 dic 2004
No se hallan sujetos al pago de esta tasa las pruebas analíticas, conocidas como «pruebas del talón», que se realicen a recién nacidos en la Región de Murcia, con la finalidad de detectar errores metabólicos que conduzcan fatalmente a la subnormalidad, de conformidad con la Orden de 30 de abril de 1980, del Ministerio de Sanidad y Seguridad Social («Boletín Oficial del Estado» de 5 de mayo, número 108), o disposición que la sustituya, en la que se dan instrucciones sanitarias para la prevención de la subnormalidad.
Tus anotaciones
ProBORM-s-2004-90027#art-4-71