Título GRUPO 8›Capítulo T840
Art. 1
En vigor desde 28 dic 2004
Constituye el hecho imponible de la tasa la realización de trabajos y ensayos de laboratorio en el Centro de Bioquímica y Genética Clínica de la Consejería de Sanidad y Política Social, para la detección, diagnóstico y prevención de enfermedades y anomalías genéticas humanas, así como su seguimiento y asesoramiento.
Tus anotaciones
ProBORM-s-2004-90027#art-1-71