Título GRUPO 5Capítulo T530

Art. 2

En vigor desde 28 dic 2004
Son sujetos pasivos de la tasa, las personas físicas, jurídicas y demás entes carentes de personalidad jurídica propia, regulados en el artículo 11 del texto de la Ley, que soliciten la valoración previa de los bienes.

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BORM-s-2004-90027#art-2-36

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