Título GRUPO 5›Capítulo T530
Art. 2
248 / 508En vigor desde 28 dic 2004
Son sujetos pasivos de la tasa, las personas físicas, jurídicas y demás entes carentes de personalidad jurídica propia, regulados en el artículo 11 del texto de la Ley, que soliciten la valoración previa de los bienes.
Tus anotaciones
ProBORM-s-2004-90027#art-2-36