Título GRUPO 3Capítulo T340

Art. 2

En vigor desde 28 dic 2004
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas que soliciten la utilización de las instalaciones de titularidad regional, aquellas que se inscriban en el programa oficial de Intercambios Juveniles y campos de trabajo, independientemente de la Comunidad Autónoma en la que se preste el servicio, y quienes soliciten la expedición de los carnets y cupones a que hace referencia el artículo 1, apartado 4.

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BORM-s-2004-90027#art-2-22

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