Capítulo CAPÍTULO XXI

Art. 88

En vigor desde 23 oct 2021
Constituye el hecho imponible de la tasa la realización por los órganos y unidades competentes en materia de servicios sociales de las actuaciones administrativas que a continuación se relacionan: a) La concesión de autorizaciones e intervención de la inspección de centros y servicios sociales. b) La inscripción en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales. c) El visado o diligenciado de documentos. Se modifica por el .15 de la Ley 7/2021, de 7 de octubre. Ref. BOE-A-2021-19727 Se añade la letra d) por el .1 de la Ley 10/2012, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-1424

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BOA-d-2004-90019#art-88

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