Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
En vigor desde 10 ago 2004
Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón de trabajos facultativos de replanteo, dirección, inspección y liquidación de las obras de la misma y de sus Organismos Públicos.
Tus anotaciones
ProBOA-d-2004-90019#art-1