Capítulo CAPÍTULO XXI
Art. 88
101 / 274En vigor desde 23 oct 2021
Constituye el hecho imponible de la tasa la realización por los órganos y unidades competentes en materia de servicios sociales de las actuaciones administrativas que a continuación se relacionan:
a) La concesión de autorizaciones e intervención de la inspección de centros y servicios sociales.
b) La inscripción en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales.
c) El visado o diligenciado de documentos.
Se modifica por el .15 de la Ley 7/2021, de 7 de octubre. Ref. BOE-A-2021-19727 Se añade la letra d) por el .1 de la Ley 10/2012, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-1424
Tus anotaciones
ProBOA-d-2004-90019#art-88