Capítulo CAPÍTULO XXXVII

Art. 170

En vigor desde 4 feb 2016
1. La cuantía de la tasa para la inscripción en la fase de asesoramiento es de 33,40 euros. 2. La cuantía de la tasa para la inscripción en la fase de evaluación de competencias es de 16,70 euros por cada unidad de competencia, estableciéndose un máximo de 83,50 euros. 3. La cuantía exigible de la tasa será objeto de publicación expresa en las disposiciones mediante las que se proceda a la convocatoria de las pruebas correspondientes. Se modifica por el .1 de la Ley 2/2016, de 28 de enero. Ref. BOE-A-2016-2408 Se añade por el de la Ley 13/2009, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2010-2164

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BOA-d-2004-90019#art-170

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