Capítulo CAPÍTULO XXXVIII

Art. 172

En vigor desde 1 ene 2011
Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de los servicios administrativos en la emisión de diligencias de bastanteo de poderes, expedidas por los letrados de los servicios jurídicos de la Comunidad Autónoma de Aragón. Se añade por el de la Ley 12/2010, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2011-3639

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BOA-d-2004-90019#art-172

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