Capítulo CAPÍTULO XXXVI

Art. 165

En vigor desde 1 ene 2007
La cuantía de la tasa se obtendrá, en función del número y tamaño de los documentos solicitados, aplicando una reducción del 50% a la que hubiera resultado de aplicar a los mismos las tarifas 13, 14, 15 y 16 de la Tasa 03, por prestación de servicios administrativos, redacción de informes y otras actuaciones facultativas, del presente Texto refundido. Se añade por el de la Ley 19/2006, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2007-4735

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BOA-d-2004-90019#art-165

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