Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IV

Art. 50

En vigor desde 10 jul 2012
Tarifa 4.01. Por cada bastanteo de poderes. Por cada bastanteo de poderes: 20,00 euros. Se modifica por el .3 de la Ley 4/2012, de 4 de julio. Ref. BOE-A-2012-12816 . Se modifica por el .2 de la Ley 10/2009, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2010-4183 .

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Pro

eli/es-md/dlg/2002/10/24/1#art-50

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