Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 82
En vigor desde 30 nov 2002
1. Constituye la Tesorería de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha todos los recursos financieros, tanto por operaciones presupuestarias como extrapresupuestarias, ya sean dinero, valores o créditos.
2. Las disponibilidades de la Tesorería y sus variaciones quedan sujetas a intervención y al régimen de la contabilidad pública.
Tus anotaciones
ProDOCM-q-2002-90021#art-82